Factibilidad
Rechazada
Conforme a lo establecido en los artículos 52, 53, 54, 58, 59 y 60 del Reglamento del Presupuesto Participativo del municipio de Saltillo; artículo 51 del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Saltillo Coahuila, nos permitimos informarle que dicho proyecto no cuenta con la factibilidad jurídica y técnica toda vez que el espacio no es área de intervención municipal. Por tal razón y de acuerdo con lo establecido en el artículo 64 del Reglamento del Presupuesto Participativo del municipio de Saltillo, no procede someterlo a la fase de votación. El dictamen de no factibilidad deberá ser comunicado de manera fundada y motivada en la misma plataforma al proponente o a su representante.
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